A partir de la revolución industrial y la introducción del maquinismo, se inicia un proceso de transformación no solamente en el ámbito de la economía de las naciones, sino también en la caracterización de la organización social, que impacta especialmente a su núcleo primario, la familia.
La tradicional concepción de la familia patriarcal que se expresa a través de la cohesión del grupo en torno al jefe, la docilidad de los que dependen económicamente de él; el cuidado celoso del patrimonio familiar, la convivencia en el mismo techo de varias generaciones y el apego a las tradiciones que convierten al núcleo primario de la sociedad en el hogar de sus miembros, se va perdiendo paulatinamente al desagregarse la familia por la emergencia de sus miembros al trabajo industrial.
El ingreso a la modernización del México decimonónico, propició que la familia extensa y unida hasta entonces por sólidos vínculos de solidaridad, fuera perdiendo poco a poco su cohesión; situación que se agudizó en el periodo pre y pos revolucionario ya en el siglo XX, especialmente por el desplazamiento de grandes masas campesinas, lo que motivó el desarraigo de la familia de sus lugares de origen y por lo tanto de sus hogares; influye también, el acelerado crecimiento de centros urbanos a los que llegan los campesinos buscando mejores formas de vida. Factor importante es la incorporación de la mujer a la actividad productiva del país.
Propiciado por el crecimiento urbano desmesurado, el debilitamiento de los lazos familiares no solamente trae por consecuencia una necesidad de fortalecer la cohesión familiar, sino también la de contar con viviendas dignas para el establecimiento permanente de la familia. De esta manera, en la Constitución de Querétaro de 1917 y posteriormente en la legislación civil, especialmente en el Código Civil de 1928, el legislador establece el “patrimonio de familia”, institución destinada a proporcionar una seguridad jurídica a la familia obrera y campesina mediante la afectación temporal de la casa-habitación urbana y la parcela rural cultivable.
En su momento se consideró el patrimonio de familia, como una de las instituciones más innovadoras de protección social, como un remedio que habría de crear “las bases más sólidas de la tranquilidad doméstica, la prosperidad agrícola y de la paz orgánica”.
El espejismo del poder de la ley hizo pensar a muchos que la mayoría de las familias mexicanas podría contar con una vivienda y en determinados casos con una parcela para el cultivo, que estuvieran a salvo de los riesgos que corren los bienes en general, en virtud de que el patrimonio de familia constituía una especie de “patrimonio afectación” y por lo tanto los bienes salían temporalmente del comercio, dadas sus características de inalienabilidad e inembargabilidad.
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