Debemos tener presente que la esencia de una transacción crediticia es la promesa de pago en una fecha a futuro. Tal promesa puede ser formal y escrita, como en las letras de cambio, cheques, hipotecas. El comercio y la industria funcionan sobre la base del crédito generalmente a corto plazo entre proveedores y compradores de insumos o productos terminados. En este tenor veamos los aspectos legales del crédito y cobranza.

shutterstock_626248421.- Derecho de Crédito.- Desde el punto de vista jurídico, es el acto jurídico mediante el cual el prestador entrega temporalmente bienes de su propiedad a cambio de dinero adicional que cobrará cundo aquéllos le sean retornados; el acreditado por su parte, se aprovecha temporalmente de los bienes prestados por cuyo uso temporal está de acuerdo con pagar una renta, que es el interés que el prestador tiene en prestar y el cual se denomina precisamente interés.

Desde el punto de vista comercial, para el que solicita el préstamo, es un atributo que refleja su solvencia, buen nombre y prestigio, pues quien le presta tiene razones para pensar que le pagará.

2.- Contratos más usuales que implican un crédito.-

A).- Compraventa a crédito

B).- Préstamo mercantil

C).- Suministro

D).- Distribución

E).- Contratos bancarios de crédito

F).- Contratos financieros, bursátiles e innominados

3.- Títulos de Crédito.-

A).- Características de todo título

– Incorporación

– Literalidad

– Autonomía

– Circulación

– Legitimación

B).- Los títulos de crédito siempre implican.-

– Un beneficio patrimonial subyacente

– Un origen causal aunque sean autónomos

– Una vía privilegiada procesal en dos vías: Juicio sumario

Trae aparejada ejecución

– Una presunción legal de no pago ante el incumplimiento

3.- Títulos de Crédito más usuales.-

A).- Cheque

B).- Pagaré

4.- Factura.- Desde un punto de vista jurídico la factura es el documento extendido para hacer constar la mercancía o mercancías que han sido objeto de una operación comercial y el importe de ésta para su cobro.

adm007_01_04Ahora bien, las facturas son documentos sui géneris porque no son simples textos elaborados libremente por cualquier persona, en cuanto a su contenido y forma, sino documentos que sólo pueden provenir legalmente de comerciantes o prestadores de servicios registrados ante las autoridades hacendarias, mediante los formatos regulados jurídicamente sujetos a ciertos requisitos para su validez y a los cuales se les sujeta a un estricto control.

5.- Garantías y criterios para dejar de surtir a un cliente con línea de crédito autorizada.-

A).- Peculiaridades.-

– Generalmente las garantías se fundan en contratos accesorios a uno principal.- Ej.- de los más comunes:

  • Prenda
  • Fianza
  • Hipoteca

Los títulos de crédito no son garantías, salvo que se establezca en ellos una garantía.

B).- Requisitos anteriores al otorgamiento del crédito:

  • Investigación del acreditado (Personal –domicilio, nombre firma-) (Societarios, patrimonial, moral, legal)
  • Personalidad
  • Elaboración adecuada de contratos
  • Elaboración de títulos de crédito
  • Buró Legal y Buró de Crédito

C).- Requisitos posteriores al otorgamiento del crédito:

  • Perfeccionamiento de garantías
  • Resguardo adecuado de documentos
  • Cercioramiento periódico de datos personales y patrimoniales, societarios y legal
  • Entrega y recepción de mercancía y facturas

De lo que hemos visto considero de suma importancia agregar que la cobranza es un importante servicio que permite el mantenimiento de los clientes al igual que abre la posibilidad de “volver a prestar”; es un proceso estratégico y clave para generar el hábito y una cultura de pago en los clientes. La cobranza puede ser vista también como un área de negocios cuyo objetivo es generar rentabilidad convirtiendo pérdidas en ingresos.

FUENTE:

http://www.antaac.org.mx/assets/2conferenciaantaac.pdf

 

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