Si nos preguntamos como nacen las relaciones colectivas del trabajo, quizás la respuesta no sea tan sencilla, porque para poder responder el origen, debemos partir de la historia del derecho laboral mexicano, la constante ha sido la lucha incansable por mejores condiciones laborales, la exigencia de los trabajadores por una jornada laboral justa, mejor salario, día de descanso, vacaciones, entre otras prestaciones, ha sido el claro manifiesto de buscar los medios o herramientas necesarias para lograr tan anhelado fin, debemos entender que el principio de la clase trabajadora es la pobreza, esto combinada con la falta de preparación y la falta de oportunidades que logren un desarrollo pleno de los mismos. Los trabajadores en forma aislada o individual han comprobado que carecen de fuerza para se cumplan sus exigencias fundamentales, es por ello que en un estricto sentido de justicia, se han organizado para exigir a la parte patronal mejores condiciones laborales, las cuales han venido ganando terreno pero paulatinamente, en el presente escrito, el autor nos hace una visión de las condiciones por las cuales el derecho del trabajo ha sido un tema de polémica.
México enfrenta enormes retos y nuevos y difíciles desafíos ante fenómenos mundiales que están afectando principalmente a nuestra economía nacional, tales como la globalización que implica un mercado de libre comercio, frente a un sistema neoliberal que están provocando en nuestra sociedad graves problemas económicos y sociales que afectan a las fuentes de empleo y consecuentemente a los trabajadores; pues estos fenómenos económico-políticos han provocado: inflación, desempleo, bajos salarios, polivalencia, contratación atípica y en general nuevas formas de organización del trabajo frente a un sistema desregularizador, es decir, existe una realidad laboral flexibilizadora de las condiciones de trabajo que implican la anulación y el deterioro de los Principios del Derecho del Trabajo en detrimento de la vida y de la dignidad de la clase trabajadora. Ello aunado a lo anacrónica y desfasada ley laboral de 1970 que actualmente nos rige.
Contra el panorama de explotación que ha vivido la clase trabajadora a lo largo de la historia y de la lucha constante por el reconocimiento de los derechos fundamentales como son: la limitación de una jornada laboral, el pago de un salario justo y remunerador, el derecho a disfrutar de descansos, entre otras condiciones laborales y ante la fijación unilateral de éstos por el patrón en perjuicio del trabajador; éste ha tenido la necesidad de organizarse para luchar por el reconocimiento jurídico de sus derechos. Y así derivada de una condición innata del hombre de asociarse, experimenta que la “unión hace la fuerza” y se agrupa formando en un principio coaliciones, asociaciones profesionales y posteriormente sindicatos para contrarrestar esa fijación unilateral y desventajosa de condiciones laborales por parte del patrón.
Es así como surge el derecho colectivo del trabajo en donde encontramos una triangulación entre las principales instituciones esto es el sindicato, al Contrato Colectivo de Trabajo y la Huelga, cuya existencia no se concibe el uno sin el otro, de ahí que, algunos juristas patronales le llaman “El triangulo diabólico” por el impacto de estas figuras en las fuentes de trabajo.
La lucha de la clase trabajadora por defender sus intereses comunes y lograr de iure mejores condiciones de trabajo y la actitud patronal de preservar sus intereses económicos, han generado múltiples conflictos de ahí, la importancia que reviste la figura de la “Negociación Colectiva” figura sine qua non para la solución de los conflictos de trabajo que día con día se viven en las relaciones laborales.
La negociación colectiva juega un papel relevante no solo en el ámbito individual sino principalmente en el derecho colectivo en donde se fijan, se pactan o ajustan las condiciones de trabajo dando solución a dichos conflictos.
Desafortunadamente la “negociación colectiva” es una figura que no cuenta con una reglamentación específica dentro de nuestro sistema jurídico que permita resolver de manera justa y equilibrada los grandes o pequeños conflictos laborales a través de técnicas o procedimientos previamente establecidos.
El término negociación colectiva indica un proceso que permite que las condiciones de trabajo y de empleo se fijen de común acuerdo entre los empleadores y los trabajadores. En el mundo del empleo, la negociación colectiva brinda un medio para defender los intereses de los trabajadores y para mejorar las condiciones del nivel de vida del hombre que trabaja.
El Diccionario Jurídico Mexicano concibe a la negociación colectiva como “el conjunto de acuerdos de carácter extrajudicial que concertan los representantes de los factores de la producción, trabajo y capital, respecto de conflictos internos de organización y administración que surgen en las relaciones laborales de las empresas o negociaciones, discusiones relacionadas con asuntos de disciplina interna, distribución de labores, cumplimiento y observación de los contratos de trabajo, que llevan a cabo comisiones integradas con los representantes de los trabajadores y de los patronos. Pláticas en las que se convoca tanto a sindicatos como a empresarios para encontrar soluciones a “problemas de trabajo”.
Desde los orígenes del derecho del trabajo, los trabajadores han buscado instrumentos que puedan contrarrestar la fuerza del patrón y así es como se manifiesta la necesidad de utilizar su fuerza organizada en grupo, de asociarse y dialogar para obtener el respeto y el incremento de sus condiciones laborales y el poder tener una vida digna.
La negociación colectiva también llamada convención colectiva de trabajo que es una de las instituciones más complejas en el derecho laboral, que surge a principios del siglo XX ya que, se convirtió en el fenómeno que posibilitó a los sindicatos (asociación de trabajadores) para la fijación, conservación y revisión de las condiciones de trabajo. Recordemos que antes de la negociación colectiva era el empresario quien fijaba unilateralmente las condiciones en que los servicios deberían ser prestados. Nace en un proceso de composición de intereses que incluye todo tipo de discusiones sobre políticas laborales relacionadas con ciertos sectores de trabajadores.
Es a partir del reconocimiento del derecho a los trabajadores de formar sindicatos como nace la figura de la negociación colectiva que se traduce en los convenios, pactos o acuerdos que celebran las organizaciones sindicales de trabajadores y los empresarios para fijar las condiciones de trabajo en una o varias empresas o establecimientos. Cabe señalar, que la Organización Internacional del Trabajo es el organismo que más empeño ha puesto para ofrecer un concepto de negociación colectiva ajustado a la realidad jurídica actual y así la define como el conjunto de acuerdos a los que puedan llegar empleadores individuales o representantes de organismos patronales con representantes sindicales, con la finalidad de establecer un convenio escrito; es, en suma la colaboración de los dos sectores del fenómeno productivo: el capital y el trabajo.
De lo anterior podemos desprender varios conceptos como podría ser los conflictos, políticas laborales, negociación colectiva, condiciones de trabajo, organizaciones sindicales, entre otros; de esto podemos entender que el ser humano en su condición de trabajador, ve las posibilidades de una vida mejor a través de su trabajo, pero sí el mismo, encuentra que el panorama que se le presenta en su relación laboral no es la que él esperaba, tendrá una reacción en contra ante tal situación y ello conllevará a buscar los medios necesarios para lograr un desarrollo pleno en el ámbito laboral, recordemos que el trabajador en comparación con el patrón, se encuentra en un desequilibrio total colocándolo en completo estado de vulnerabilidad, lo que puede traer consigo abusos de la parte patronal en sus derechos laborales, es por esa razón que la realidad jurídica laboral ha tenido cambios de mucha trascendencia. Estos cambios que en gran medida dependieron de los movimientos sociales en la comunidad internacional, que dieron nacimientos a organismos internacionales como la Organización Internacional del Trabajo, han hecho posible que los legisladores busquen un equilibrio entre los trabajadores y los patrones en las relaciones laborales, el legislador busca que existan condiciones para la inversión de capital en las empresas para que exista una mejor economía, pero en ese equilibrio laboral, crea un ambiente que de seguridad jurídica al trabajador en relación a sus prestaciones.
Fuentes:
Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM, Diccionario Jurídico Mexicano, T. L-O, México 1982.
SANTOS AZUELA, Héctor. Estudios de Derecho Sindical y del Trabajo. Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. México 1987.
http://www.derecho.unam.mx/investigacion/publicaciones/revista-cultura/pdf/CJ3_Art_12.pdf
0 Comentarios