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Tanto o más que cualquier otro profesionista, el consultor está expuesto a demandas jurídicas o a asumir la responsabilidad por daños o perjuicios a sus clientes debido a sus recomendaciones; por esto, es muy importante que el consultor (o futuro consultor) conozca hasta dónde llega su responsabilidad profesional y jurídica para con su cliente y de qué manera puede disminuirla al mínimo. Dando continuidad a este comentario, comparto una sección de un documento disponible en internet, cuyo enlace aparece al final de esta entrada.

Conocimiento de la responsabilidad y jurisdicciones diversas

Los consultores deben ser conscientes de la virtual responsabilidad a que pueden estar expuestos en la realización de sus contratos de consultoría. Esto tiene mayor importancia cuando los consultores trabajan en varios países y están sometidos a una legislación y a una jurisprudencia diferen­te según el país en el que se realice la consultoría. A este respecto, puede existir la posibilidad de que el contrato de consultoría especifique la ley re­guladora de producirse alguna reclamación jurídica en relación con el acuerdo, remitiéndose a un país particular que está relacionado de una u otra forma con la relación contractual.

Responsabilidad profesional

La relación entre la responsabilidad jurídica y la responsabilidad profesional se trata de una relación entre derecho y ética.

La responsabilidad jurídica de los profesionales es un concepto jurídico. Es la ley la que se impone a los profesionales y es aplicable, si existen normas legales adecuadas y un marco institucional para aplicarlas.

La responsabilidad profesional se puede definir como un conjunto de valores, normas y restricciones voluntariamente adoptados y autoimpuestos, que reflejan la concepción de los profesionales de su función en la economía y en la sociedad, y su responsabilidad con los clientes.

La responsabilidad profesional abarca un amplio campo de cuestiones en las que un consultor puede y debe optar entre diferentes modos de comportamiento. La calidad y el servicio de consultoría es el mejor ejemplo. La responsabilidad jurídica será aplicable solo a un número muy reducido de casos extremos, donde la calidad del servicio ha descendido a un nivel de práctica incorrecta que ha causado daños y perjuicios al cliente.

Una concepción sólida de la responsabilidad profesional, y no un contrato de consultoría prudentemente redactado, es la mejor garantía, por consiguiente, para ayudar al consultor a evitar la responsabilidad jurídica. Las asociaciones de consultores profesionales siguen la política de definir normas éticas y de comportamiento que sitúan la responsabilidad profesional de sus miembros por encima de los requisitos legales. De esta manera, las asociaciones profesionales orientan y educan a sus miembros y protegen la profesión. Las asociaciones profesionales pueden ocuparse de casos de conducta contraria a los códigos adoptados, si esos casos se señalan a su atención. No disponen de mandato ni de recursos para actuar, de manera permanente, como inspectores del comportamiento profesional de sus miembros.

Con lo anterior, entendemos que al final de cuentas es la empresa consultora la que debe definir directamente su percepción de la responsabilidad y la integridad profesionales. Esto incluye inculcar un elevado sentido de responsabilidad profesional en todo consultor empleado por la empresa.

Fuente:

https://www.google.com.mx/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=1&cad=rja&uact=8&ved=0ahUKEwiNu4Sy7vrMAhVEb1IKHa48Bi0QFggbMAA&url=http%3A%2F%2Fwww.icicm.com%2Ffiles%2FCapitulo_VI.doc&usg=AFQjCNGQEOuDc8CMWvoKsrywQG-8_0cG2g&sig2=KCOYh_RNRm86x_jFjtBoAQ

Categorías: Clase 5

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